La causalidad desde Hume a Kant: de la disolución absoluta del concepto a su constitución como ley

The causality from Hume to Kant: From the absolute dissolution of the concept to its constitution as law

Arnaldo Ponce Andaur
Universidad de Valparaíso, Valparaíso - Chile
E-mail: ap.andaur@gmail.com
Doctorando en la Universidad de Valparaíso. Es investigador del Centro de estudios sobre ciencia tecnología y sociedad en la misma universidad. Profesor de Enseñanza Media en Filosofía, Licenciado en Filosofía y en Educación, títulos obtenidos en la Universidad de Valparaíso. Sus áreas de interés filosófico son: Epistemología, filosofía de la ciencia y filosofía moderna.

Héctor Muñoz Valdés
Pontificia Universidad Católica de Valparaíso, Valparaíso - Chile
E-mail: hectormunozvaldes@gmail.com
Doctorando en Filosofía: Pontificia Universidad Católica de Valparaíso. Profesor de Enseñanza Media en Filosofía, Licenciado en Filosofía y en Educación, títulos obtenidos en la Universidad de Valparaíso. Sus áreas de interés filosófico son: Filosofía Moderna, en especial la Filosofía Crítica de I. Kant, Lógica Formal y Trascendental, Metafísica kantiana.

Recibido: diciembre 3 de 2013
Aprobado: enero 15 de 2014


Resumen

En el presente artículo exponemos las reflexiones desarrolladas por Kant y Hume sobre la filosofía (metafísica) de la causalidad, sin insistir en los aspectos problemáticos de aquella comparación. Más bien se señala que ambas filosofías desarrollan extremos diferentes de un único a priori. No tomaremos en cuenta, para empezar, la terminología comúnmente aceptada: la contraposición entre racionalismo y empirismo. Por el contrario, no dando por establecidas caracterizaciones generales, exponemos idea tras idea en su significado inmediato. No obstante, se verá que la perspectiva de Hume se acerca a la perspectiva trascendental; y no intentaremos evaluar la filosofía de Kant desde el punto de vista psicológico de la causalidad, que supuestamente es decisivo en Hume.

Palabras clave: a priori, causa, efecto, sucesión, imaginación.


Abstract

In the present article, we expose the reflections developed by Kant and Hume on the (metaphysical) philosophy of the causality without insisting in the problematical aspects of that comparison. Rather it is indicated that both philosophies develop different extremes of one a priori. We will not take into account, to begin with, the terminology commonly accepted: The contraposition between rationalism and empiricism. On the contrary, no taking for established general characterizations, we expose idea after idea in its immediate significance. Nevertheless, it will be seen that Hume's perspective approaches to the transcendental perspective; and we will not try to evaluate Kant's philosophy from the psychological point of view of the causality, that supposedly is decisive in Hume.

Keywords: a priori, cause, effect, succession, imagination.


Introducción

A primera vista parece constituirse una incompatibilidad radical entre la determinación filosófica que Hume y Kant desde perspectivas aparentemente opuestas, le otorgan a la causalidad en tanto concepto positivamente operativo en nuestro entendimiento. Así pues, en Hume -siendo lo siguiente válido para sus dos obras dedicadas al entendimiento- la constitución de aquel concepto parece ser inevitablemente empírica pues la necesidad de la conexión no es descubrible para él de un modo intuitiva y demostrativamente cierto, quedando recluida y resignificada, en su necesidad -ya no "estricta" -, en el dominio psicológico de las impresiones de reflexión, que constituyen el funcionamiento causal del mundo, sólo en tanto estamos acostumbrados y dispuestos a articularlo en semejanza a lo ya experimentado de un modo naturalmente inevitable. Por su parte en Kant, desde el principio de la segunda analogía se encuentra la exigencia de que el concepto de causalidad, en tanto concepto puro del entendimiento no se pueda hallar en la percepción, es decir, la necesaria relacionalidad de la causa con el efecto representaría algo más que un ordenamiento empírico determinado por la facultad de la imaginación.

Bajo tal simplificación, desde la perspectiva kantiana, esta misma filosofía se encontraría contrapuesta a la de Hume por el hecho de que ésta no sería consciente de que la imaginación empírica no es capaz de constituir el concepto de causalidad, limitándose en su constitución a lo que ella pueda reconocer en las percepciones mismas, en resumen el concepto de causalidad no podría ser generado al modo en que mediante la determinación que la costumbre impone a la imaginación, se generan conceptos empíricos. Por su parte, desde su simplificada perspectiva, la filosofía humeana se encontraría contrapuesta a la de Kant por el hecho de que este autor no se haya -supuestamente- rendido a la evidencia a priori de que en la objetualidad sólo son concebibles sucesiones, nunca conexiones, sucesiones que serían totalmente indiferentes entre sí, no porque tal indiferencia sea un resultado de la imaginación, sino del uso radical de nuestros razonamientos analíticos que por sí mismos negarían toda síntesis que no sea empírica.

Por el contrario, el presente escrito pretende situarse más allá de tal simplificación en que ambas filosofías son problemáticas para la otra, de modo que se las expondrá no con base en los comunes calificativos con que se pretende contraponerlas, como por ejemplo, -por nombrar los más comunes- "empirismo" y "racionalismo". Aquí se buscará entonces desarrollar desde la evidencia textual que en los mismos autores se encuentra, la filosofía que ambos hicieron con respecto al concepto de causalidad, intentando presentarlas de un modo tal que se muestre por sí sola la continuidad y compatibilidad de ambos desarrollos filosóficos, en la medida en que ambos fueron desplegados de un modo a priori, de modo que su diferenciación se deberá buscar en la extensión y profundidad con que ambos autores desarrollaron el análisis o la síntesis, como diferentes modalidades del a priori.

Hume: La causalidad considerada en sí misma y mediada por la determinación temporal

De forma puramente analítica, es decir llevando al extremo el uso del principio atomista -Todo lo diferente es distinguible y todo lo distinguible es separable (Cf. THN. 18, 24, 25, 27, 36, 233 y 634)1-, Hume disuelve la unidad propia del concepto de causalidad imponiendo la absoluta diferencia entre causa y efecto, de modo que toda sucesión experimentada, a priori sólo puede representar una sucesión, nunca un enlace, situación en la que es imposible dotar de sentido intelectivo a los conceptos de causa y efecto (Cf. ECHU. 74, 164; THN. 79, 82, 87, 161 - 162) Sin embargo, a juzgar por el conjunto de la obra de Hume, es obvio que allí no se agota su reflexión sobre la causalidad, tampoco Hume no aparece luego de la nada afirmando la existencia empírica de relaciones causales en sus escritos no dedicados al entendimiento humano, e incluso en su obra dedicada al entendimiento "prescribiendo" "reglas para juzgar en causas y efectos". Tal dualidad de perspectivas podría explicarse a partir de la dualidad de mundos cognoscitivos afirmada por Hume; entonces, en primera instancia se disolvería el concepto de causalidad sólo reflexionando de un modo "analítico a priori", lo cual, siguiendo el curso de sus formulaciones equivale a lo siguiente:

  1. Juzgar por demostración considerando las relaciones abstractas de nuestras ideas (Cf. THN. 413).
  2. Descubrir las proporciones de las ideas consideradas en sí mismas (Cf. THN. 448).
  3. Hacer operar al entendimiento humano bajo la comparación de ideas. (Cf. THN. 463)
  4. Descubrir las relaciones de ideas o afirmaciones que son intuitivamente o demostrativamente ciertas, las cuales tienen la peculiaridad de poder ser conocidas por la pura operación del entendimiento, independientemente de lo que puede existir en cualquier parte del universo. (Cf. ECHU. 25)

Ahora bien, si en relación a la causalidad Hume llega a afirmar "si razonamos a priori cualquier cosa puede producir cualquier otra" (ECHU. 164; y cf. TNH. 173 y 247), el sentido teórico de la expresión "a priori" responde a que: 1º se ha juzgado por demostración; 2º se han considerado en sí mismas las proporciones de las ideas que así pensadas se han vuelto indiferentes en su absoluta diferencia; 3º se ha determinado al entendimiento humano a funcionar por pura comparación de ideas; 4º se ha descubierto una afirmación intuitiva o demostrativamente cierta por medio de una operación pura del entendimiento, cuya validez o invalidez es independiente de lo que pueda o no existir en cualquier parte del universo. Asimismo, si es la radical disposición humeana a diferenciar, separar y distinguir siempre que sea posible hacerlo lo que ha llevado precisamente a separar de forma absoluta la causa del efecto, el sentido teórico del a priori humeano, está prejuzgado en el carácter irrestricto de la aplicación del principio atomista que sólo se detiene cuando es imposible separar.

Efectivamente, la disolución humeana del concepto de causalidad sólo se puede justificar en la unilateralidad del momento cognoscitivo propio del "análisis a priori" humeano, de modo que el hecho de que Hume no se mantenga en tal disolución y asuma como existente, proporcione criterios y efectivamente use positivamente el principio de causalidad con toda la sinteticidad que éste impone, significa que Hume pasa a funcionar en otro dominio cognoscitivo donde no se use irrestrictamente el principio atomista, ni se busque de tal modo lo que es independientemente de cualquier parte del universo, sino que por el contrario se supongan los elementos que se articulan en diversas relaciones, como efectivamente unificados, omitiendo con ello el principio atomista, es decir no llevando el análisis hasta sus últimas consecuencias, y encontrándolos existiendo en partes determinadas del universo y dependiendo de sus relaciones de otras existencias parciales. Este segundo dominio cognoscitivo será determinado aquí como "sintético a posteriori", y consiste en lo siguiente:

  1. El entendimiento juzga según probabilidad sobre aquellas relaciones de objetos de los que sólo la experiencia proporciona alguna información. (Cf. THN. 413)
  2. La verdad es la conformidad de nuestras ideas de los objetos con su existencia real. (Cf. THN. 448)
  3. Las operaciones del entendimiento humano en tanto son inferencias de cuestiones de hecho. (Cf. THN. 463)
  4. Lo contrario a toda cuestión de hecho es siempre posible, pues no puede implicar contradicción, basta a tal respecto la capacidad de concepción de la mente para saber si algo efectivamente es una cuestión de hecho, por su posible ajuste con la realidad. Ni su verdad ni su falsedad se obtienen por intuición y demostración, de modo que la alta o baja evidencia de ciertos sucesos como genuinos hechos, es irrelevante para aquel respecto. (Cf. ECHU. 25 - 26)

Así planteado el asunto, cuando la experiencia ha constituido sus objetos o hechos y sucesiones de ellos, 1º La probabilidad es la encargada de anticiparse hacia lo que va a suceder o no va a suceder; 2º La verdad depende de lo dado; 3º El entendimiento infiere bajo dependencia de lo dado; 4º Se sabe a priori que una cuestión de hecho sólo tiene posibilidad (no probabilidad) de ser tal si su estado contrario es posible, forma que determina la posibilidad de su ajuste con la realidad empírica, y por alta o baja que sea la repetición de cuestiones de hecho tal diferencia de grado no se relaciona en modo alguno con su verdad o falsedad intuitiva y demostrativa. Entonces, empíricamente las anticipaciones, lo dado mismo, la dependencia de los hechos y el ajuste con la realidad empírica, suponen una sinteticidad que es imposible determinar a priori, sólo a posteriori queda fijada, y tal exigencia determina por fuera lo que en Hume es propiamente el dominio empírico, pues hasta el momento no se ha constituido ninguna cuestión de hecho sintetizada a posteriori, sino que sólo se han establecido sus condiciones y límites.

Como ha quedado ya evidenciado, Hume en la Investigación sobre el conocimiento humano, proporciona una forma última a la distinción que había venido forjando desde su Tratado de la naturaleza humana, bajo la distinción entre relaciones de ideas y cuestiones de hecho, que no hace otra cosa que distinguir los productos del entendimiento que se obtienen por puro análisis, de los que se obtienen a partir de los hechos dados, de modo que la coherencia humeana con respecto a la destrucción y aceptación teórica (y práctica) del concepto de causalidad quedaría salvaguardada en la diferenciación estricta entre mundos cognoscitivos absolutamente diferentes y en la exigencia de respetar los diferentes criterios según los cuales en cada uno, conocer significa algo diferente. No obstante, si bien tal criterio permitiría fijar el sentido teórico de muchas de las afirmaciones de Hume con respecto a la causalidad, habría otras que mantendrían una ambigüedad con respecto al dominio cognoscitivo al cual supuestamente pertenecen o al menos no sería claro a primera vista si son, "analíticas a priori" o "sintéticas a posteriori", o en otras palabras si son producto de la aplicación irrestricta del principio atomista o son producto de la experiencia.

Las diferentes determinaciones que Hume ofrece acerca de la causalidad representan una tal diversidad de niveles, que en declaraciones importantes se muestra la insuficiencia de la simple diferencia entre "relaciones de ideas" y "cuestiones de hecho" para determinar el sentido teórico de aquéllas, y se hace necesaria una determinación interna a las "relaciones de ideas" para explicar lo declarado. Por ejemplo, Hume es de la siguiente idea: "De hecho, no hay nada existente, sea externa o internamente, que no pueda ser considerado como causa y efecto, aunque es evidente que no hay ninguna cualidad que pertenezca universalmente a todos los seres y les dé derecho a esa denominación" (THN. 75). Obviamente, el que lo nombrado en primera instancia sea así "de hecho", no significa que sea una cuestión de hecho en el sentido de que su contrario sea en cualquier caso posible, o de que el siguiente "no hay" sea simplemente contingente; por el contrario, desde un comienzo allí se hace referencia a la formalidad de los hechos sensibles ("externos") y reflexivos ("internos"), en tanto en ellos no se encuentra nada que excluya la posibilidad de ser interpretados en su sucesión como si fuesen causas o efectos, pudiéndose perfectamente introducir en ellos tal determinación que precisamente por ser introducida concretando una posibilidad, dicha determinación aparece en primera instancia como no propia de ellos, en tanto mediante análisis se descubre que ni en sí, ni correlativamente, ninguna causa ni ningún efecto es necesario para algún hecho o suceso. De tal forma, la posibilidad de articular los distintos seres de un modo causal, no se justificaría directamente desde alguna cualidad que sea constatable en todos los seres, o sea no se justificaría a partir de alguna identidad "cualitativa"; por el contrario, si a priori existe una apertura absoluta a la interpretación causal de los sucesos, apertura que en tal nivel queda absolutamente indeterminada para los distintos casos, parece ser que es precisamente su diferencia absoluta la que hace posible tal apertura, pues ella parece estar fundada en la diferencia absoluta que Hume descubre por medio de un análisis radical, precisamente entre la causa y el efecto.

Ahora bien, es cierto que la diferenciación absoluta de la causa con el efecto, es diferente de la apertura de la posibilidad de que cualquier cosa sea considerada como causa o como efecto, pues como se evidenciará en lo siguiente, en un nivel se disuelve el concepto de causalidad, mientras que en el otro aparece "innecesariamente" con toda su posibilidad de ser dotado de contenido. Prosigue Hume: "...como todas las ideas distintas son separables entre sí, y las ideas de causa y efecto son evidentemente distintas, nos resulta fácil concebir cualquier objeto como no existente en este momento, y existente en el siguiente, sin unirle la idea distinta de causa o principio productivo". (THN. 79) En tal situación, es perfectamente concebible el "llegar a ser", en tanto existencia o modificación, prescindiendo absolutamente del concepto de causalidad, de modo que su introducción se muestra desde tal perspectiva, "analítica a priori", como no necesaria. Pero ¿cómo sabe Hume que existe una posibilidad irrestricta de considerar los distintos seres como causas o como efectos? Es claro que la experiencia no lo justifica a ello, pues el mismo ha aceptado que no existe ninguna "cualidad" universalmente presente en todos los seres que justifique tal interpretación; además, no sabe tal cosa estrictamente al mismo modo en que disolvió el concepto de causalidad, o sea separando internamente la causa del efecto, y externamente separando la causalidad misma del "llegar a ser"; entonces, no sabe tal cosa insistiendo radicalmente en su exigencia de diferenciar, separar y distinguir hasta donde sea posible. No obstante, Hume no puede separar la posibilidad de interpretar causalmente el mundo de las existencias, inseparabilidad que tiene que ser justificada a priori por el principio atomista, lo cual de ser así, constituiría una operación sintética de tal principio, de modo que si no fue por medio de alguna experiencia, en el sentido propiamente empírico del término, como Hume descubrió que irrestrictamente se puede interpretar causalmente el mundo de las existencias, tal conocimiento debe ser "sintético a priori".

Por su parte, la forma en que Hume introduce sus "reglas para juzgar de causas y efectos" precisamente se basa en la contraposición existente entre, por un lado, la indiferencia que se llega a establecer entre las posibles determinaciones efectivas del concepto de causa y efecto, pues en tal sentido cualquier cosa puede producir cualquier otra; y por otro lado, la posibilidad de conocer anticipadamente mediante reglas generales, cuándo en la experiencia efectiva los objetos o hechos son o no realmente causas o efectos (Cfr. THN. 173). A continuación se analizarán algunas reglas que no pudiendo ser completamente "analíticas a priori", pues no respetan la disolución absoluta del concepto de causalidad, tampoco son completamente a posteriori, es decir de algún modo deben seguir siendo a priori, a pesar de que se constituyan sintetizando elementos que bajo la concepción radical del análisis humeano han sido disueltos.

  1. "La causa y el efecto deben ser contiguos en espacio y tiempo." (THN. 173)
  2. "La causa debe ser anterior al efecto". (THN. 173)

Manifestándose la relación de causalidad espacio-temporalmente, se extiende en un espacio y tiempo unificado, condición necesaria para que deba existir algún grado de contigüidad en todo lo que se postule como causa o como efecto. Las diferenciaciones que es posible establecer en relación a los hechos con sus respectivas locaciones espacio-temporales, no tienen la capacidad de romper el espacio y el tiempo, en el sentido de que en el mismo acto rompan la contigüidad misma. Así pues, sea cual sea la distancia espacio-temporal en la cual se proyecte u opere efectivamente una relación causal, la contigüidad no puede ser eliminada de la forma a priori en que se establece la causalidad misma como una determinación regulativa de los hechos, de modo que "la relación de contigüidad es esencial a la de causalidad" (THN. 75), lo cual debe significar que aquella no puede ser ni diferenciada, ni separada, ni distinguida de ésta. De tal forma, la necesaria presencia de la contigüidad en la introducción originaria del concepto de causalidad, impone sus propias diferencias, una vez más inteligidas en el seno del principio atomista, y se refieren específicamente a la determinación de la causa como anterior y del efecto como posterior, de un modo tal que la causalidad no determinaría su eficacia inmediatamente, sino por medio de una sucesión, que para ser comprendida causalmente se requiere un ordenamiento temporalmente diferenciador. Entonces, "la segunda relación esencial a causas y efectos... [es la] prioridad del tiempo de la causa con relación al efecto" (THN. 75), "relación" que de ser negada en su inseparabilidad de la presentación originaria del mundo, tendría como consecuencia la destrucción de su serie causal y la absoluta aniquilación del tiempo, pues si se supusiera la perfecta simultaneidad de una causa con respecto a su efecto, y éste efecto lo fuera con el suyo, y así sucesivamente, no existiría la sucesión misma, y toda presentación fáctica sería coexistente (Cf. THN. 76). Tal es el nivel de necesidad de la presencia del tiempo en el ordenamiento de los hechos, que si originariamente se quiere introducir una determinación diferenciadora del mismo, como lo es la causalidad, tal determinación no puede contradecir tal modo necesario de ser, y más aún requiere en su determinación originaria, determinarse a sí mismo desde las mismas diferencias que el tiempo impone.

Pero ¿cómo es posible que en medio de la operación del principio atomista se genere tal distinción de niveles? Es decir ¿cómo es posible que siendo la causalidad misma separable bajo tal principio, el mismo principio encuentre luego en ella elementos inseparables como lo son contigüidad y sucesión? La única manera en que aquello puede inteligirse es a partir de la distinción entre una operación absolutamente analítica del principio, o sea que separe irrestrictamente, de una operación sintética que descubra inseparabilidades en elementos que si bien puedan ser analizados, para la experiencia sea necesaria su presentación unificada, a la vez sean claramente distinguidos de una experiencia efectiva, y sean a priori en tanto su validez sea independiente de toda experiencia parcialmente posible. No obstante, como ya es evidente, ésta última forma de apriorismo no corresponde con la forma en que usa Hume tal concepto, en tanto "a priori cualquier cosa puede producir cualquier otra" -pues en tal nivel la correlación que constituye el concepto de causalidad queda absolutamente indeterminada-, sino que dota de sentido la expresión "esencial" en tanto la relación de contigüidad y la sucesión son esenciales a la de causalidad, imponiendo la superación del puro análisis "destructivo", y constituyendo una determinación cognoscitiva que no es puramente analítica, y que tampoco puede constituir una cuestión de hecho, sino que más bien corresponde al uso "constructivo" del principio atomista, en tanto no simplemente se orienta hacia la separabilidad sino que se realiza en la inseparabilidad, manteniendo de todos modos la forma a priori de su operación en el seno mismo de las "relaciones de ideas" cuyas determinaciones cognoscitivas son independientes de lo que pueda existir parcialmente, y por lo mismo adecuadas a lo que se extiende al modo de ser de toda existencia posible.

Kant: De la indiferencia del orden de las percepciones en la aprehensión, a la determinación temporal de la causalidad de la causa

En la Segunda analogía de la experiencia Kant pretende exponer la prueba del principio trascendental causal, el cual, como los otros principios trascendentales, son proposiciones sintéticas a priori, que muestran que los esquemas trascendentales (en este caso el esquema de sucesión necesaria, es decir, la sucesión conforme a una regla) son condiciones de la posibilidad de la experiencia. Estos esquemas, productos de la síntesis trascendental de la imaginación, constituyen la unidad sintética necesaria de las apariencias. En rigor, sólo hay una unidad sintética necesaria que tiene lugar según la unidad sintética de apercepción, pero ésta tiene varios aspectos manifestados, al menos en principio, en las doce formas lógicas del juicio inventariadas ya desde la Deducción metafísica2. El aspecto judicativo presente aquí, en la segunda analogía, es la forma lógica del juicio hipotético, que consta de un fundamento y una consecuencia, y cuando esta forma intelectual afecta el sentido interno cuya forma es el tiempo, la consecuencia toma la forma de un suceso cuyo fundamento (entendido como una condición externa) lo precede en el tiempo. El punto de Kant es que no hay forma de entender esta sucesión como necesaria más que bajo la presuposición de una regla. Esta ley trascendental causal es una regla general que debería entenderse únicamente como condición de posibilidad de asimilar un orden temporal objetivo en las apariencias, y con ello, la experiencia de objetos.

No obstante, para llegar a tal resultado, Kant requiere contraponer precisamente la estructura de un orden temporal objetivo a la simple presencia de elementos en nuestra experiencia que no logren constituirlo, para poner de tal modo en evidencia la necesidad de las determinaciones que sí logran objetividad en nuestra experiencia. Así pues, ciertamente para Kant por medio de la imaginación (empírica) misma no son descubribles enlaces específicos que determinen que un estado de cosas deba por necesidad preceder o seguir en el tiempo a otro, pues la imaginación puede ligar dos estados de cosas de formas distintas en relación al orden en que aparecerán en la sucesión (Cf. B 233)3. Esto significa que "no podemos determinar en el objeto, empíricamente, [...] lo que precede y lo que sigue" (B 233), situación en la que la conciencia se ve limitada a saber que la imaginación pone un estado de cosas antes y otro después (Cf. B 233), quedando indeterminada la relación objetiva de los fenómenos que se suceden unos a otros, indeterminación que corresponde con que haya sido desde la perspectiva de la "mera percepción" desde donde se analice la sucesión de los fenómenos (Cf. B 234). Existe de tal manera una reversibilidad de la serie de las representaciones consecutivas (Cf. A 201), en tanto siempre es posible poner después lo que se puede poner antes y antes lo que se puede poner después, ya que "en la imaginación no se halla preestablecido, en lo que al orden de secuencia se refiere, qué es lo que debe preceder y qué es lo que ha de seguir" (A 201). No obstante, subyaciendo a tal indiferencia, no inmediatamente propia de los contenidos puestos de forma temporalmente relativa, sino directamente vinculado con los límites de la facultad que pone ante sí, de tal modo, tales contenidos, se encuentra lo siguiente: "a todo conocimiento empírico corresponde, por medio de la imaginación, una síntesis de lo diverso que es siempre sucesiva, es decir las representaciones se dan en ella una después de otra" (A 201). En tal situación la indiferencia de la imaginación con respecto a la situación temporal de lo puesto en ella, tiene su propia condición, a saber que la imaginación misma haya podido poner sus contenidos en momentos diferentes, posibilidad que viene determinada por el haber ella misma unificado lo temporalmente diferente, en lo cual se imponen las representaciones mismas como sucesivas.

Así pues, si "yo percibo" que los fenómenos se siguen unos a otros, y significando esto que el estado de cosas en un tiempo es opuesto al estado de cosas anterior, en realidad lo que "yo hago" es enlazar dos percepciones en el tiempo, enlace que no es producto del sentido y de la intuición, sino de una facultad sintética de la imaginación (Cf. B 233). El fenómeno es en su variedad siempre aprehendido de forma sucesiva, pero esto sólo significa que las representaciones de las partes se siguen unas a otras, pues constituye otro punto de la reflexión, si se siguen también o no en el objeto (Cf. B 234). Entonces, para introducir la diferenciación relativa al segundo punto, Kant presenta dos ejemplos:

  1. La aprehensión de lo diverso en el fenómeno de una casa (Cf. A 190).
  2. Un fenómeno constituido por la visión de un barco navegando río abajo (Cf. A 192).

En relación a 1 se afirma lo siguiente: 1º Nadie admitirá que la diversidad de una casa es en sí misma sucesiva (Cf. A 190). 2º A diferencia de las representaciones de la aprehensión, el fenómeno sólo está en condición de ser representado como un objeto distinto de ellas de hallarse sometido a una regla que lo diferencie de toda otra aprehensión e imponga una forma de combinación de lo diverso, representando el objeto mismo tal regla necesaria (Cf. A 191). 3º El orden de "mis percepciones" puede adquirir cualquier dirección relativa al orden de las aprehensiones (puede ser de abajo hacia arriba, empezar en el tejado y terminar en el suelo, orientarse de derecha a izquierda, etc.) (Cf. B 238). 4º En la serie de tales "percepciones" no hay orden establecido que obligue a comenzar la aprehensión en un punto, para enlazar empíricamente la variedad (Cf. B 238, A 193). 5º La sucesión subjetiva, siendo completamente arbitraria, por sí sola no demuestra nada sobre la conexión de la diversidad en el objeto (Cf. A 193).

Asimismo, en relación a 2: 1º En la aprehensión de tal fenómeno es imposible percibir el barco primero abajo y luego arriba, de modo que está predeterminado el orden de la sucesión de las percepciones en la aprehensión, encontrándose ligada a ese orden (Cf. A 192). 2º La sucesión objetiva consiste en el orden de la diversidad del fenómeno en virtud de la cual la aprehensión de "lo que sucede" sigue a la aprehensión de "lo que precede" de acuerdo con una regla (Cf. A 193). 3º Sólo bajo tal condición obtendría legitimidad la afirmación de que hay una sucesión en el mismo fenómeno, no sólo en mi aprehensión; es más, la organización de ésta última deberá estar determinada precisamente por aquella sucesión. (Cf. A 193). 4º Es imposible volver atrás desde el suceso y determinar mediante la aprehensión lo que precede, pues es imposible que alguna aprehensión retroceda desde el punto temporal siguiente al anterior, manteniendo sin embargo relación con algún punto temporal precedente (Cf. A 194). 5º Si hay algo que sigue, necesariamente debe ser relacionado con algo que es anterior y distinto, de modo que el suceso en cuanto condicionado está necesariamente relacionado con alguna condición que lo determina; en consecuencia, se debe por necesidad pasar desde un tiempo dado al tiempo determinado siguiente. (Cf. A 194).

Entonces, bajo el supuesto de un suceso al cual no haya nada que lo preceda, nada a lo cual deba seguir según una regla necesaria, tal suposición sólo representaría una sucesión subjetiva, pues toda sucesión de la percepción se hallaría exclusivamente en la aprehensión; lo que debiera preceder y lo que debiera seguir en las percepciones quedaría indeterminado (Cf. A 194), de modo que no se podría afirmar que dos estados consecutivos se siguen en la esfera del fenómeno, sino simplemente que una aprehensión sigue a otra. Nada de esto por tanto, precisamente por su carácter subjetivo, puede tener validez para el conocimiento de un objeto, pues no puede determinar objeto alguno (Cf. B 240, A 195). Por el contrario, la experiencia de algo que sucede, necesita realizar tal determinación, pues si la simple secuencia en la aprehensión no permite suponer secuencia alguna en el objeto, la conversión de una síntesis subjetiva en síntesis objetiva, siempre se debe producir en relación con una regla, en virtud de la cual los fenómenos se determinen en su secuencia (a medida que van produciéndose). (Cfr. A 195).

La condición de posibilidad de "la experiencia de algo que sucede" consiste precisamente en aquella "regla" (Cf. A 195), la cual no consiste en otra cosa que en el siguiente principio: todo lo que sucede tiene una causa. Pero más aún, tal "regla" en tanto "condición de la unidad sintética de los fenómenos en el tiempo" constituye el fundamento a priori de la misma experiencia, de tal forma que análogamente a otras representaciones puras a priori, sólo es extraíble de la experiencia bajo la determinación de "conceptos claros", por haberla "puesto antes" en ella, situación en la que la obtención de la experiencia misma sólo ha tenido lugar gracias a ella (junto con el resto de representaciones puras a priori) (Cf. A 196). Por el contrario, si el concepto de causa fuese un concepto meramente empírico, el principio todo lo que sucede tiene una causa, no podría constituirse como principio, quedando reducido a una accidentalidad idéntica a la de cualquier experiencia, pues en tal situación sólo podría ser descubierto como "regla" bajo la condición fáctica de la percepción de muchas secuencias, por lo demás unificadas bajo la simple comparación con fenómenos anteriores; así, el concepto de causa se constituiría vía inducción, excluyendo su universalidad, su necesidad y su carácter a priori (Cf. B 241-A 196).

En tal situación, la determinación de la causalidad de un modo a priori, viene determinada por la consideración de tal concepto como ajeno a la percepción misma, y puesto que la necesidad de unidad sintética sólo puede ser proporcionada por un concepto puro del entendimiento, el conocimiento empírico de los fenómenos sólo contendría tal concepto al modo de su condición de posibilidad, es decir aquel no sería posible sin el sometimiento de la sucesión de los mismos, es decir de todo cambio, a la ley de causalidad, que consiste precisamente en que la causa determine al efecto en el tiempo como consecuencia, constituyéndose así su relación (Cf. B 234). Tal relacionalidad puede ser explicada entonces desde lo que sucede como determinado en su existencia y definido en el tiempo, refiriéndose lo primero a lo que precede y lo segundo a la relación de causa y efecto (Cf. A 202), de modo que la relación de la sucesión con el estado previo, hace que la representación de algo como suceso signifique la obligación de situar algo en un determinado punto del tiempo, no sólo relativamente al estado anterior, sino bajo la irreversibilidad del ordenamiento (Cf. A 198). Entonces, se puede hallar en lo que precede la condición bajo la cual necesariamente sigue el suceso, siendo en tal sentido el principio de razón suficiente el fundamento de la experiencia posible, o sea, del conocimiento objetivo con respecto a su relación en la serie del tiempo (Cf. B 246 - A 201).

Asimismo, el que para que el suceso sea considerado como un mero juego subjetivo de nuestra fantasía, el suceso no deba seguir necesariamente una vez puesto lo precedente (Cf. B 247 - A 202), muestra que la contraposición entre ordenamiento objetivo y subjetivo no es absoluta, sino relativa al ordenamiento empírico-causal, lo cual encuentra su fundamento en el que la determinación del orden objetivo no sea extraíble del tiempo absoluto, sino en la determinación a priori de la posición de cada una de las partes temporales (Cf. A 200). De tal modo, el pensamiento de que la secuencia se halla determinada, corresponde con un juicio empírico que supone la exigencia de que mi percepción incluya el conocimiento de un suceso en el que algo sucede realmente, poniendo ante sí un fenómeno distinto (Cf. A 201). Así, los juicios empíricos tienen como condición de su validez objetiva, la relación de causa y efecto, que es "condición de la experiencia" o "fundamento de posibilidad de esa misma experiencia" de modo que la validez del ahora "principio de la relación causal" se establece con anterioridad e independencia de todos los objetos de la experiencia (Cf. B 247).

La extensión de la reflexión relativa a la causalidad, desde un nivel trascendental a uno empírico, es decir, la adecuada ejemplificación por medio instancias donde se produzcan genuinas relaciones causales viene determinada por el hecho de que Kant se fija en el orden temporal para estructurar una relación causal, no en el curso temporal (Cf. A 203). En resumen, la idea es la siguiente: "El tiempo entre la causalidad de la causa y su efecto inmediato puede ser fugaz (pueden, pues, ser ambos simultáneos), pero la relación de la una respecto del otro sigue siendo determinable desde un punto de vista temporal" (A 203). De tal modo, se hace necesaria la distinción entre el principio mismo y el uso del principio, pues lo primero se halla limitado en su formulación a la sucesión de los fenómenos, mientras que lo segundo puede perfectamente corresponder con la simultaneidad de la causa con el efecto. Sin embargo, a pesar de que en tal sentido pueda no existir sucesión temporal y encontrarse en simultaneidad la causa con el efecto, tales casos no representarían una anulación del principio causal, es decir, en ellos, según Kant, la ley seguiría siendo válida (Cf. B 248), pues "la relación (causal) sigue existiendo aunque no haya transcurrido tiempo alguno" (A 203). Entonces, la ausencia del transcurso temporal en una relación causal, no impide que la relación misma sea determinable desde un punto de vista temporal.

Ahora bien, tal punto de vista temporal viene determinado por su carácter hipotético, y puede quedar resumido de la siguiente manera: "si la causa hubiese dejado de existir un momento antes, el efecto no se habría producido" (A 203), o sea, la formalidad de tal condición no se encuentra directamente sometida a la asimetría temporal entre la causa y el efecto, sino simplemente a la dependencia que el segundo tiene con respecto a la primera, no sólo en cada instante que se produce la relación, sino por sobre todo bajo una forma hipotética que por sí sola muestre la responsabilidad de la causa con respecto a la manifestación del efecto, bajo una estructura también temporal en la cual se comprenda la ligazón de la causa con el efecto sucediendo conjuntamente en el curso temporal, de un modo tal que bajo el supuesto de haber anteriormente anulado la causa el efecto tampoco se habría producido en aquel tiempo anterior. Al respecto Kant proporciona tres ejemplos: 1) Una estufa encendida que siendo causa del calor de una habitación, existe en simultaneidad con él. 2) Una bola sobre una almohada que es causa de un pequeño hoyo en ella, y que existe en simultaneidad con aquella presencia en tal situación. 3) Un vaso de agua como causa de que el agua suba por encima de su superficie horizontal, relación puesta en simultaneidad temporal. En base a tales ejemplos, Kant extrae instancias donde se muestra la forma hipotética que adquiere la relación causal en medio de su simultaneidad: 1) Si hay un calor en la habitación que no se manifiesta al aire libre, la estufa encendida encontrada en aquélla es inmediatamente la causa del calor. 2) Si pongo la bola sobre la almohada, resulta el hoyo que sigue tras su anterior forma lisa. 3) Si saco agua de un recipiente mayor con el vaso, sucede que se modifica el estado horizontal que el agua poseía, para adoptar la forma cóncava del vaso. (Cf. A 203 - A 204) En consecuencia, para Kant la secuencia temporal es en realidad "el único criterio empírico del efecto en relación con la causalidad de la causa que lo precede", a pesar de que sea evidente en muchos casos su simultaneidad, pues su constitución como su anulación, y su permanencia, deben ser ulteriormente explicados no sólo en el contexto de una sucesión temporal, sino desde la perspectiva de ella, en tanto permite articular juicios hipotéticos que le impriman su temporalidad a las relaciones causales en medio de su manifestación simultánea.

La ley trascendental causal funciona entonces como condición de posibilidad de la captación de la unidad del tiempo, en este caso entendida como sucesión necesaria (tiempo objetivo), siendo un aspecto de la unidad sintética necesaria que las categorías imponen sobre las apariencias. La unidad sintética necesaria, en este caso, es necesaria, pues sin ella, es imposible la experiencia objetiva, entendida aquí como orden temporal objetivo, es decir orden temporal en los objetos mismos y no en la mera aprehensión subjetiva. Por su parte, todo evento (transformación) es considerado por nosotros, si de verdad creemos que hay un cambio experimentado por un objeto, teniendo lugar necesariamente de ese modo, o sea, en un orden determinado y no a la inversa, pues el evento y su orden es considerado como producto de una causa (sin que necesariamente sepamos cuál es). Todo lo que sí hemos de saber necesariamente es que todo cambio objetivo (cambio sufrido por un objeto en un orden temporal determinado y necesario) presupone ser producto de una causa. De esta manera, Kant sitúa el concepto de causa bajo la determinación de su necesidad. Así, el concepto es necesario pues gracias a él entendemos el cambio objetivo como verdadero cambio, como cambio real en el objeto y no como la mera sucesión, que tiene lugar en la mera aprehensión.

Si la causalidad debe presuponerse, entonces su concepto es un predicado necesario de "lo que sucede". Es un predicado a priori, en tanto es inevitablemente presupuesto en la experiencia, es un postulado sin el cual no podemos entender el cambio, y un predicado a la vez sintético, pues no se halla contenido en el concepto "lo que sucede" de un modo puramente analítico. Esta necesidad sintética muestra que el principio trascendental causal "todo lo que sucede tiene una causa" es una proposición sintética que predica causa de lo que sucede, pero es un predicado a la vez necesario. Por ello además no puede ser un concepto extraído de la experiencia, pues en ella ya está presupuesto, no infiriéndose entonces la causalidad desde lo dado. Por esto, la prueba de este principio se remite a la experiencia posible; es decir, es añadido sintéticamente y a priori a la experiencia, pero de tal modo que mediante ello la hace posible. Consiguientemente, esta ley trascendental causal no intentaría probar leyes causales particulares, puesto que este tipo de leyes requiere de otros elementos que al parecer la sola prueba de la segunda analogía no proporciona. Todo lo que diría el principio es que todo evento ha de tener una causa, pero no que cada vez que estemos en presencia de la misma causa, deba seguirse de hecho el mismo efecto.

Conclusión

Las ocasiones en que Hume usa la expresión a priori, sin duda constituyen la base textual sobre la cual queda en evidencia la necesidad de realizar estudios comparativos entre la filosofía de Hume y de Kant. El caso de la causalidad es especial, pues allí Hume es más insistente que en otros temas en el uso de la expresión a priori, y habiendo sido este escrito articulado bajo el convencimiento de que a tal respecto la comparación entre la teoría a priori de Hume y la teoría a priori de Kant, relativas a la causalidad, debe comprenderse a medida que se profundice en la clarificación de lo que en ambos casos se entiende por a priori, tal concordancia nominal no señala sin embargo la raíz de la posibilidad de una comparación positiva de ambas filosofías. Tal raíz se encuentra primero en la naturaleza de las "relaciones de ideas", que desde Hume posibilitan la comprensión de lo que en Kant es experiencia posible, y luego en la naturaleza de la inseparabilidad de tiempo y causalidad que hacen lo mismo con respecto a la síntesis a priori kantiana. Entonces, la mera evidencia textual, no ha justificado la naturaleza de la comparación aquí emprendida, sino un desarrollo interpretativo que excediendo las concordancias -o discordancias- nominales, ha intentado exponer dos filosofías aparentemente contrarias, de un modo tal que su continuidad quede en evidencia.

No obstante, el desarrollo filosófico de Hume puede ser declarado como predominantemente analítico a priori, de un modo equivalente a la consideración de lo mismo en Kant, que sería entonces predominantemente sintético a priori; así pues, tal predominancia, debe ser comprendida sólo como una cuestión de grado, es decir simplemente como indicadora del aspecto más desarrollado por uno u otro autor, sin que por tanto en tales aspectos sea posible encontrar los fundamentos teóricos para desconocer su contrario. Esto es de suma importancia para la compresión global del aporte humeano y kantiano a la teoría de la causalidad, pues tal posición supone que las teorías de ambos autores son comprensibles desde la del otro autor, y por lo tanto, en un sentido teóricamente relevante, compatibles.

Por último, este escrito ha intentado representar un esfuerzo por mostrar de forma inmediata y sistemática, los aspectos principales a considerar en los estudios comparativos entre la teoría causal de Hume y de Kant, a fin de no mantener determinaciones conceptuales que tiendan a mostrar desde su generalidad una incompatibilidad fundamental; son un ejemplo de esto las oposiciones entre empirismo y racionalismo, escepticismo y criticismo, y naturalismo y trascendentalismo. Concretamente entonces, es posible reducir la conclusión de este escrito a una fórmula no inmediatamente simplificada en un concepto, sino constitutiva de una positiva relación, a saber: Hume reconoce "síntesis a priori" en la causalidad -al modo como la entiende Kant- con la introducción del tiempo que implica necesariamente un ordenamiento temporalmente diferenciador entre la causa y el efecto, y Kant reconoce el resultado de la reflexión "analítica a priori" -al modo como entiende Hume el uso radical de la separabilidad- mostrando que en la imaginación se encuentra la posibilidad de que cualquier cosa pueda preceder o seguir en el tiempo a otra.

Citas de pie de página

1. Las referencias a Hume están abreviadas de la siguiente manera:

- THN: Tratado de la naturaleza humana.

- ECHU: Investigación sobre el conocimiento humano.

Ambas siglas corresponden al título original en inglés de ambas obras, y los números corresponden con la paginación que aparece en las ediciones de Selby-Bigge, en base a la cual se cita casi universalmente a Hume. En las ediciones españolas que aparecen en la bibliografía, dicha numeración aparece al margen de cada hoja. Por último, las citas textuales aparecen copiadas de las ediciones españolas correspondientes.

2. Con la expresión Deducción Metafísica Kant alude al capítulo "Hilo conductor para el descubrimiento de todos los conceptos puros del entendimiento" (B91-B116) en el cual las formas lógicas del juicio se establecen como principio arquitectónico del que depende el establecimiento de las categorías (los principios de la síntesis real). Es por ello que incluso la síntesis trascendental de la imaginación puede considerarse como si envolviese, en cierto modo, el principio implicado en las formas lógicas del juicio.

3. Las referencias a la Crítica de la razón pura serán dadas en el formato estándar A/B. Se usará la traducción de Pedro Rivas.


Referencias

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